Infórmese sobre las restricciones del uso del agua en mi localidad

Para hacer frente a la escasez de recursos hídricos durante los periodos de estiaje, los prefectos deben tomar medidas excepcionales para limitar o suspender el uso del agua en aplicación del artículo L.211-3 II-1° del Código de Medio Ambiente.
Esta página web presenta las medidas de suspensión o restricción adoptadas por los prefectos a partir de los datos facilitados a título informativo por las administraciones departamentales. Cuando se emite una orden de restricción general y colectiva, debe fijarse en el ayuntamiento de cada municipio afectado y publicarse en los periódicos regionales o locales que circulan en el departamento.
La información está disponible en Ministerio de Transición Ecológica y Solidaridad y en el Guía de consulta.

Visite la página web oficial en la siguiente dirección

https://herault.adm-occitanie.fr/restreau/

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